:: LEY DE INVERSIONES
Se aprobó en 1992, y provee un marco legal que garantiza el tratamiento igualitario para las inversiones extranjeras y nacionales, ya que reduce los excesivos controles e intervenciones gubernamentales y garantizando un porcentaje sin límite de capital extranjero en la constitución de las empresas.
El marco legal hondureño permite el 100% de propiedad extranjera en compañías y empresas.
:: LEY DE ZONAS LIBRES
Para las empresas exportadoras otorga los siguientes beneficios:
localización a libre elección dentro del territorio hondureño,
liberalización de todo cargo sobre la importación o exportación de materiales, equipo, suministros de oficina, etc., requeridos por la fábrica,
exención del pago de impuesto sobre la renta e impuestos municipales,
derecho a repatriación de moneda en un 100%,
mínimo número de trámites a realizar para los embarques que entran o salen.
:: LEY DE ZONAS DE PROCESAMIENTO
PARA EXPORTACIÓN
Las Zonas Privadas de Procesamiento para Exportación tienen la autorización de ser establecidas en cualquier lugar del país, y las empresas pueden disfrutar de los mismos beneficios que las Zonas Libres.
:: RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN TEMPORAL
Beneficia a las empresas que operan fuera de las Zonas de Procesamiento para Exportación. Las empresas que califiquen podrán importar libres de imposición fiscal los equipos y materiales necesarios para la fabricación de sus bienes, siendo posible su comercialización dentro de Honduras. Sin embargo estas empresas deben pagar los respectivos impuestos a la renta, municipales y aduaneros. Se requiere de una aprobación especial para que las empresas operen bajo este régimen.
:: LEY DE MINERÍA
Aprobada mediante Decreto Nº 292-98. Esta ley tiene el objetivo de incentivar y normar la explotación minera y las actividades metalúrgicas en Honduras, además de promover la inversión extranjera, establece un régimen de concesiones y mejora la calidad de los beneficios.
:: LEY DE INCENTIVOS AL TURISMO
Esta ley beneficia a:
hoteles, albergues, habitaciones con sistema de tiempo compartido o de operación aduanera,
transporte aéreo y acuático de personas,
centros de recreación, con excepción de los casinos, clubes nocturnos, centro de juego de máquinas, video, tragamonedas o similares, salas de cine, televisión por cable y sus similares, clubes privados, billares,
gimnasios, saunas y sus similares, café-internet, discotecas, centros de enseñanza bajo cualquier
modalidad, fundaciones, y cualquier otro no vinculado al turismo,
talleres de artesanos y tiendas de artesanía hondureña exclusivamente. Se excluyen a los talleres de carpintería, ebanistería, halconería, enderezado, pintado, joyería y cualquier otro no vinculado al turismo,
agencias de turismo receptivo,
centros de convenciones, y
arrendadoras de vehículos automotores para los vehículos destinados al giro estricto del negocio.
:: LEY DE PROMOCIÓN DE TRABAJO PÚBLICO E INFRAESTRUCTURA NACIONAL
Esta ley estimula la participación extranjera en proyectos de desarrollo de infraestructura y en industrias recién instaladas mediante amplios derechos de concesión, y esto como una vía eficiente de promover el desarrollo, la modernización y la creación de fuentes de trabajo. Esta ley establece un marco jurídico para el suministro y administración directa de servicios públicos y la ejecución de proyectos de infraestructura de interés social por entes privados, ya sean individuos, compañías u organizaciones no gubernamentales.
:: LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprobado mediante Decreto 82-2004. Esta ley se promulgó con el objetivo de proteger a las obras extranjeras y nacionales publicadas en Honduras o fuera del país, de acuerdo con las convenciones y estándares internacionales.
:: ZONAS LIBRES
Honduras entero ha sido denominado como Zona Libre, la mayoría de las empresas extranjeras ubicadas en las zonas industriales de procesamiento y en las zonas libres se dedican a la confección de ropa, fabricación de artículos deportivos, ensamblaje electrónico, automotriz, industria y textil, por mencionar sólo algunos.
Los beneficios a los cuales las empresas chilenas pueden optar al establecerse en estas zonas son: conversión sin restricciones de moneda, libre importación de toda maquinaria, materia prima y suministros, despacho de embarques (entrantes o salientes) en menos de un día con un mínimo de documentación, permiso de propiedad extranjera en un 100%, exención de impuestos sobre ventas, corporativo e impuesto sobre la renta, repatriación irrestricta de ganancias y capital en cualquier momento, entre otros.
Para que las empresas obtengan el permiso de Zona Libre deben pagar una tarifa anual al Gobierno de Honduras, a través de la Secretaría de Industria y Comercio y la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI).
:: PARQUES INDUSTRIALES PRIVADOS
En este país centroamericano existen 24 parques
industriales privados en operación o bajo construcción,
en las siguientes ciudades y municipios, entre paréntesis se hace
mención al tiempo aproximado de demora desde Puerto Cortés:
Amarateca (3 hrs. y 30 min.), Búfalo, Choloma (20 min.), Comayagua
(3 hrs.), El Progreso (55 min.), La Cebia (3 hrs. y 15 min.), La Lima
(45 min.), Naco (1 hr. Y 30 min.), Potrerillos (1hr. Y 30 min.), Puerto
Cortés, Río Nance (20 min.), San Pedro Sula (40 min.), Tegucigalpa
(4 hrs.) y Villanueva (1 hr. y 15 min.).
La infraestructura de estos parques los capacita para brindar espacios
para el arriendo y la venta, entregando los servicios básicos de
agua, electricidad y comunicaciones, también servicios legales,
agencias aduaneras, clínicas de salud, bancos, entre otros.
Fuente: Fundación para la Inversión y Desarrollo de
las Exportaciones (FIDE).
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