REGIMENES
ADUANEROS APLICABLES A LA IMPORTACIÓN |
Los agentes aduaneros deben señalar en el pedido de importación
el régimen aduanero que solicitan para las mercancías
que están internando.
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Definitivo de importación:
Es la entrada de mercancías para permanecer
en el territorio por tiempo ilimitado. En este caso se está
obligado al pago de impuestos de comercio exterior y, en su
caso, cuotas compensatorias, así como al cumplimiento
de las demás obligaciones en materia de regulaciones
y restricciones no arancelarias y de las formalidades para su
despacho. |
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Temporales de importación:
para retornar en el mismo estado o para elaboración,
transformación o reparación en programas de maquila
o empresas con programas de exportación. |
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Depósito fiscal:
mercancías almacenadas en almacenes generales de depósito
autorizadas. Permite posponer la elección del régimen
de importación específico. Las mercancías
se pueden extraer total o parcialmente para su importación,
incluso se puede optar por retornarlas al extranjero. Asimismo,
hace posible la comercialización de las mercancías
en depósito. Cabe mencionar que existen mercancías
que no se pueden destinar a este régimen. |
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Régimen de tránsito
de mercancías: reviste dos modalidades: interno
e internacional. |
Fuente:
RECOMENDACIONES
PARA DESADUANAR EN MÉXICO |
:: Incluir en la factura la información
requerida por el importador.
:: Prepararla
factura cuidadosamente. ::
Asegurarse que la factura contenga la misma
información mostrada en la lista de empaque. ::
Marcar y numerar cada paquete o envase para
que pueda ser identificado con las marcas y números que
aparecen en la factura. ::
Mostrar en la factura una descripción
detallada de cada mercancía contenida en cada paquete, atado
envase. ::
Marcar las mercancías con el nombre del país de origen,
aun cuando estén exentos de los requisitos de marcado que exigen
las leyes mexicanas. ::
Avisar al importador para que cumpla previamente con las disposiciones
establecidas en las leyes mexicanas que apliquen a los bienes enviados.
:: Cumplir
con las instrucciones respecto de facturación, empacado, marcado,
etiquetado, etc.Establecer medidas de seguridad para evitar que personas
ajenas puedan introducir mercancía prohibida en los bultos.
Es un documento aduanero internacional empleado para la importación
temporal, libre de derechos,y de otros impuestos. Actualmente es
utilizado en 77 países.El carnet sirve como garantía
del pago de derechos en el caso que la mercancía no sea reexportada.
De acuerdo a lo señalado por Aduanas de México, se
podrá optar por utilizar un cuaderno ATA en lugar del pedimento
de importación temporal para la importación temporal
de las siguientes mercancías:
:: Hasta
por un año para la importación temporal de mercancías
destinadas a convenciones ferias y congresos internacionales.
::
Hasta por 6 meses, las muestras o material de publicidad. No se
aplica para bebidas alcohólicas, tabacos ni combustibles.
En Chile la entidad emisora y garante delCarnet ATA es
la .
En el caso de México, si bien el país está
suscrito a este mecanismo, aun no lo han implementado. (noviembre
2006).
INGRESO
DE MERCANCÍAS POR VÍA POSTAL |
Están sujetas a un pago global del 15%, salvo aquellas expresamente
señaladas por aduanas.Nopagarán impuestos aquellos envíos
de hasta US$ 50.
INGRESO
DE MERCANCÍAS POR MENSAJERÍA
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El servicio de courier se puede utilizar para importaciones que no
excedan los US$ 5.000 o su equivalente en otras monedas extranjeras.
PERSONAS
AUTORIZADAS PARA TRAMITAR EL PROCESO ADUANERO |
Los únicos que pueden llevar a cabo los trámites
y todas las actuaciones y notificaciones que se deriven del despacho
aduanero de las mercancías son los agentes y apoderados aduanales,
quienes fungen como representantes legales de los importadores,
una vez recibida la carta de encomienda.
El importador es el encargado de tramitar y reunir las autorizacionesy/o
permisos requeridos para desaduanar las mercancías; la información
y documentación que al respecto le proporcione el exportador
resulta fundamental para llevar exitosamente el proceso. En
la práctica resulta muy beneficioso trabajar con importadores
que tengan experiencia en su negocio.
PROCEDIMIENTO
PARA LA IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS |
Los importadores deben presentar en la aduana un pedido en la forma
oficial aprobada por la SHCP (Secretaría de Hacienda y
Crédito Público) el cual deberá ser tramitado
por el agente o apoderado aduanero una vez reunida la documentación
necesaria. El agente de aduana debe anexar los siguientes documentos
al pedido de importación:
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Factura comercial,
la cual debe contener , entre otros, los siguientes datos: |
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Lugar y fecha
de expedición |
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Nombre y domicilio del destinatario
de la mercancía |
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La descripción comercial
detallada de las mercancías y la especificación
de ellas en cuanto a clase, cantidad de unidades, números
de identificación, cuando estos existan, así como
los valores unitario y total de la factura. |
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Nombre y domicilio del vendedor
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País de origen |
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El conocimiento
de embarque en tráfico marítimo o guía
aérea en tráfico aéreo |
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Los documentos
que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones
no arancelarias (permisos o autorizaciones) |
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Cuando la importación
de la mercancía de que se trate esté sujeta a
permiso de importación de la Secretaría de Economía,
es indispensable cumplir con todas las modalidades que esa dependencia
establezca en el permiso respectivo. |
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El documento
que determine la procedencia y el origen (certificado de origen)
de las mercancías pera efectos de la aplicación
de preferencias arancelarias, cuotas compensatorias, cupos,
marcado de país de origen y otras medidas que al efecto
se establezcan. |
| :: |
El documento
en el que conste la garantía que determine la SHCP mediante
reglas cuando el valor declarado sea inferior al precio estimado
que establezca dicha dependencia. |
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El certificado
de peso o volumen expedido por la empresa certificadora autorizada
por la SHCP, tratándose del despacho de mercancías
a granel en aduanas de tráfico marítimo, en los
casos que establezca el Reglamento de la Ley Aduanera |
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La información
que permita la identificación, análisis y control
que señale la SHCP. |
En el caso de mercancías susceptibles de ser identificadas
individualmente, deberán indicarse los números de
serie, parte, marca, modeloo,en su defecto, las especificaciones
técnicas o comerciales necesarias para identificar las mercancías
y distinguirlas de otras similares, cuando dichos datos existan,
así como la información a que se refiere la última
viñeta. Esta información podrá consignarse
en el pedimento, en la factura, en el documento de embarque o en
relación anexa que señale el número de pedimento
correspondiente, firmadapor el importador, agente o apoderado aduanero.

IMPUESTOS
A PAGAR CON MOTIVO DE UNA IMPORTACIÓN |
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Impuesto
General de Importación, que puede ser: |
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Ad valorem (la
mayoría) |
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Específicos |
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Mixtos |
El impuesto se aplicará conforme a la fracción arancelaria
en la que se clasifique la mercancía importada, conforme
a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación
y de Exportación, o la Tabla de Desgravación de México
prevista en los tratados de libre comercio.
Los impuestos generales de internación tienen un rango que
va desde 0% hasta el 35%; el impuesto efectivo pagado por las importaciones
que llegan a México es de aproximadamente un 2,8%.
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Impuesto
al Valor Agregado (IVA) |
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Tipo general:
15%. |
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Productos alimenticios y
medicamentos están exentos de IVA. |
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El IVA de importación
para zonas limítrofes es de un 10% |
Las personas o entidades que deseen importar deben estar inscritos
en el Padrón de Importadores de la Secretaría de Hacienda
y crédito público (SHCP); para ellodeben cumplir con
ciertos requisitos tales como estar al día en las obligaciones
fiscales, acreditar ante la autoridad aduanera que se está
inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes y otros que pueda
dictar la autoridad.
No es necesario estar inscrito en el Padrón de Importadores
cuando se trata de ciertas mercancías que están expresamente
definidas por la autoridad.
Cada importador pasa a identificarse con un número, el RFC
(Registro Federal de Causantes)
Padrón de importadores de Sectores Específicos:
Para ciertos productos, individualizados por la autoridad, se requiere
estar inscrito en padrones sectoriales.
CLASIFICACIÓN
ARANCELARIA DE UN PRODUCTO IMPORTADO |
Los encargados de realizar la clasificación son los agentes
y apoderados aduanales, para ello, se les debe proporcionar la información
necesaria sobre la identificación y cualidades de la mercancía
para que estén en posibilidad de realizar una correcta clasificación,
ya que de ello depende el pago del arancel y el cumplimiento de
regulaciones y restricciones no arancelarias.
Los importadores pueden consultar a las autoridades aduaneras sobre
la clasificación arancelaria de una mercancía cuando
no tengan certeza de ella o cuando consideren que se puede clasificar
en más de una posición arancelaria.
REGULACIONES
Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS |
Las medidas de regulación y restricción no arancelarias
se establecen a través de acuerdos expedidos por la Secretaría
de Economía o, en su caso, conjuntamente con la autoridad
competente (Segarpa, Semarnat, Sedena, salud, SEP, etc.), pudiendo
establecerse en casos especiales expresamente definidos por la autoridad.
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Permisos Previos
Es una regulación no arancelaria que sirve para
importar legalmente al país, los productos que están
controladas. Lo utiliza la Secretaría de Economía,
(SE), en la importación de bienes sensibles para sostener
la seguridad nacional, la salud de la población y preservar
la flora y fauna. Entre los productos que requieren permisos previos
están, entre otros, los petroquímicos, maquinaria
usada, vehículos, prendas de vestir, y armas.
En el otorgamiento de permisos o autorizaciones intervienen distintas
Secretarías dependiendo del producto. Por ejemplo, la Secretaría
de Economía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), la Secretaría
de Salud, la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), o
la Secretaría de Defensa Nacional.
Algunos ejemplos de productos asociados a Secretarías:
: ciertos productos de cuero
y pieles, carne, maquinaria agrícola.
: productos médicos y equipos,
productos farmacéuticos, productos de diagnóstico,
artículos de aseo, alimentos procesados, determinados productos
químicos, suplementos alimenticios.
: productos
hechos con base a especies en peligro de extinción.
: Comisión intersecretarial para el control
del proceso y uso de planguicidas y sustancias tóxicas: productos
tóxicos y peligrosos.
: armas, municiones, bienes
usados, restaurados.
Nota: Las muestras comerciales de productos que
requieren permisos, también deben cumplir con el requisito.
Para consultar sobre productos que requieren de permisos
previos haga click
::
Avisos de Importación
El importador lo dirige a la Secretaría de Salud y tiene
como objetivo definir las responsabilidades sanitarias de los productos
internados. Se aplica, por ejemplo, para productos alimenticios,
bebidas, productos de aseo, artículos de belleza, como también
para en la importación de sus materias primas.
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Cupos
Se refiere a una cantidad determinada de mercancía que entra
con arancel preferencial (arancel cupo) durante un tiempo determinado.
::
Normas Oficiales Mexicanas - NOM. (Ley Federal de Metrología
y Normalización)
Estas normas revisten carácter de obligatorias y tienen como
finalidad establecer la terminología, clasificación,
características, cualidades, medidas, especificaciones técnicas,
muestreo y métodos de prueba que deben cumplir los productos
y servicios o procesos cuando puedan constituir un riesgo para la
seguridad de las personas o dañar la salud humana, animal
o vegetal, el medio ambiente en general o el laboral, o bien causar
daños en la preservación de los recursos naturales.
Las NOM se aplican tanto a los productos nacionales como importados.
Antes de la internación de una mercancía sujeta al
cumplimiento de una NOM, se deberá contar con el certificado
o autorización de la dependencia competente que regula el
producto o servicio correspondiente, o de órganos reguladores
extranjeros que hayan sido reconocidos o aprobados por las dependencias
competentes (SE, SHCP, SAT, a través de las autoridades aduaneras;
Salud, Sagarpa, Semarnat y Sedena , entre otras).
La certificación de las NOM sirve para comprobar el cumplimiento
con una NOM y garantizar a los consumidores que el producto cumple
con las especificaciones respectivas y, por ende, respeta su salud
e integridad física, ya que los productos han cubierto las
pruebas y requisitos mínimos de seguridad y calidad
El medio para demostrar en las aduanas el cumplimiento de las normas,
es la presentación del certificado NOM, expedido por aquellas
instituciones de certificación debidamente acreditadas ante
la Dirección General de Normas, dependiente de la Secretaría
de Economía.
Aparte de las normas obligatorias, también existen las normas
voluntarias (NMX) que se pueden adoptar y que son emitidas por compañías
certificadoras. |