Cuando el territorio que hoy
es parte de Uruguay fue avistado en 1516 por el explorador español
Juan Díaz de Solís, estaba poblado por charrúas
(cazadores nómades), chanaes (agricultores incipientes) y
guaraníes (agricultores que dominaban la cerámica
y la navegación ribereña).
Solís se internó en el Río
de la Plata, al que llamó Mar Dulce. Los indígenas
emboscaron y mataron a todos los miembros de la expedición.
La colonización española en el Río
de la Plata fue tardía pues se consideraba a la región
como «tierra de ningún provecho», al no tener
las riquezas minerales de México y Perú. En 1611,
el gobernador de Asunción, Hernando Arias de Saavedra (Hernandarias),
introdujo el ganado vacuno y equino que, gracias a las buenas pasturas
y el clima, se reprodujo en gran escala. La región se conoció
como la «Vaquería del Mar». La Compañía
de Jesús comenzó en 1632 su expansión, desde
Paraguay, hacia la margen oriental del Uruguay. A partir de 1667
se fundaron siete pueblos misioneros orientales.
En 1680 los portugueses fundaron frente a Buenos
Aires, la Colonia do Sacramento. El poblado fue objeto durante mucho
tiempo de disputas entre España y Portugal. La fundación
de Montevideo (1724), único puerto natural del Río
de la Plata, por parte del Gobernador de Buenos Aires, Bruno Mauricio
de Zabala, tuvo su origen en la permanente lucha de ambas coronas
por las fronteras.
Atraídos por el ganado, arribaron los faeneros
(extractores de cueros) desde Brasil y Buenos Aires. El Gaucho,
producto del mestizaje cultural europeo e indígena, surge
en este período.
Los indígenas fueron desplazados hacia las
misiones jesuitas, en el norte.
La Revolución de Mayo que estalló
en Buenos Aires en 1810 fue rechazada por las clases altas montevideanas,
que representaban al monopolio comercial español. Por el
contrario, la campaña, donde abundaban pequeños y
medianos hacendados y hombres sin tierra, se levantó en armas.
Al frente de los rebeldes estaba un capitán criollo del ejército
español, José Artigas. Su ideal republicano y federal,
su proximidad con los indios y esclavos, y su proyecto de reparto
de tierras lo convirtieron en líder de la insurrección.
Artigas encabezó la Liga Federal formada por la Banda Oriental
y las actuales provincias argentinas de Córdoba, Corrientes,
Entre Ríos, Misiones y Santa Fe.
En 1823, cuando Brasil se independizó de
Portugal, la Banda Oriental se integró al nuevo reino bajo
el nombre de «Provincia Cisplatina».
En 1825 se inició la segunda fase de la
lucha por la independencia, ahora contra el Imperio de Brasil. El
25 de agosto se declaró la independencia y la voluntad de
los orientales de unirse a las Provincias Unidas del Río
de la Plata.
La diplomacia británica, interesada en que
ambas orillas del Plata no fueran argentinas y en defensa de sus
intereses comerciales, fomentó la creación de un pequeño
estado en la región. En 1828, con la mediación de
Lord Ponsonby, se puso fin a la guerra y se aprobó la independencia
del país.
En 1830 la República Oriental del Uruguay
tuvo su primera Constitución, que establecía un régimen
de gobierno republicano pero excluía del derecho a votar
a la mayoría de la población. En 1831 los charrúas
fueron exterminados en Salsipuedes por el primer gobierno del Uruguay
independiente. Sobrevivientes de la etnia fueron entregados como
esclavos y un puñado, a quienes se llamó «los
últimos charrúas», fueron enviados a Francia
y exhibidos como curiosidad
Estructura de Gobierno
El Poder Judicial, posee en cuanto a Juzgados, diferencias entre la Capital y el interior del País, ya que, en el primero, los mismos se dividen por Materias (Penal, Civil, Concursal, Laboral, Familia, Contencioso Administrativo).
Existe un TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (TCA), de creación Constitucional, que no integra la esfera judicial, pero resuelve sobre litis de la Administración Pública. Está integrado por 5 Ministros y posee la misma jerarquía que la Suprema Corte de Justicia.
Cada Departamento de la República, tiene su gobierno, integrado por un Poder Ejecutivo (Intendente Municipal) y por un Poder Legislativo (Junta Departamentalintegrada por 31 Ediles).
El Poder Ejecutivo: Presidente (elegido directamente por un período de 5 años, no reelegible por un período inmediato) y por sus respectivos Ministerios (Ministro y Subsecretario)
El Poder Legislativo: Bicameral. Cámara de Senadores con 30 miembros y Cámara de Diputados con 99 miembros. En forma conjunta sesionan como la Asamblea General.
El Gobierno, está integrado además por ENTES AUTÓNOMOS y SERVICIOS DESCENTRALIZADOS. Éstos son independientes de los Poderes, ejecutan y se auto abastecen. La diferencia entre los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados, es que estos últimos están sujetos a “tutela administrativa” del Poder Ejecutivo.
176.215 Km cuadrados de superficie terrestre y 142.077 Km cuadrados de mar territorial y aguas jurisdiccionales.
Límites
La República Oriental del Uruguay está situada en la zona subtropical austral del cono sudamericano. Limita con dos países, al sur y al oeste con Argentina y al norte y noreste con Brasil; al sur tiene el Río de La Plata y está abierto al este hacia el Océano Atlántico.
Capital
Montevideo
Divisiones Administrativas
19 departamentos: Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Montevideo, Paysandu, Río Negro, Rivera, Rocha, Salto, San José, Soriano, Tacuarembo, Treinta y Tres.
Puertos Principales
Montevideo Nueva Palmira Fray Bentos Colonia Juan Lacaze Botnia
Religión
Uruguay es un país de población predominantemente Católica 66%,protestantes 2%, judíos 1% y no profesantes u otras 31%.
En el Centro y Ciudad Vieja de Montevideo, los comercios suelen abrir de 09:30 a 19:30 hs de lunes a viernes y los sábados de 09:00 a 13:00 hs. En los Centros Comerciales (Shoppings ó Malls) el horario es de 10 a 22 horas inclusive los sábados y domingos.
En invierno, en general, el horario de atención al público es de 12:30 a 19:00 horas y en verano de 07:00 a 14:30 horas de lunes a viernes.
Diferencia de horas con Chile
1 hora más con respecto a Chile
Feriados
1º de Enero (Año Nuevo) 06 de Enero (Día de Reyes) Jueves y viernes de la última semana del mes de Febrero (Carnaval) 19 de Abril (Desembarco de 33 Orientales) jueves de la 3ª semana del mes de Abril Semana Santa 1º de Mayo (Día Internacional del Trabajo) 18 de Mayo (Batalla de las Piedras) 19 de Junio (Natalicio de Artigas) 18 de Julio (Jura de la Constitución) 25 de Agosto (Declaración de la Independencia) 12 de Octubre (Día de la Raza) 02 de Noviembre (Día de los difuntos) 25 de Diciembre(Navidad)
Obtención de
Visa
Los ciudadanos chilenos no requieren visa para ingresar a Uruguay. Viajan con Pasaporte vigente o Cédula de Identidad.
Inflación
4,7% (2005 est.)
Impuestos
Todas las actividades productivas están sujetas básicamente a dos clases de obligaciones tributarias: las aportaciones a la Seguridad Social y los impuestos regulados por la Dirección General Impositiva (DGI), unidad dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas.
El sistema funciona por declaraciones definitivas de los sujetos pasivos y pago simultáneo de las cantidades correspondientes en los plazos establecidos.
Impuesto al Valor Agregado El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto que grava la circulación interna de bienes, la prestación de servicios dentro del territorio nacional y las importaciones, no alcanzando a las exportaciones.
Las tasas aplicables son: tasa básica del 22% y tasa mínima del 10%, ésta última aplicable sólo a ciertos productos, como por ejemplo artículos de primera necesidad y medicinas.
La exoneración de este impuesto se aplica, entre otros, a maquinaria agrícola, bienes inmuebles y productos hortícolas en su estado natural.
Impuesto al Patrimonio El Impuesto al Patrimonio es un impuesto anual que grava los activos en el país; recae sobre el patrimonio neto, el que se determina como diferencia entre el activo y pasivo ajustado fiscalmente.
La tasa aplicable es del 2.8%; para la actividad bancaria y casas financieras, para el resto de las personas jurídicas la tasa a aplicar asciende a 1.5%.
Las personas físicas tributan el Impuesto al Patrimonio con tasas progresivas que varían del 0.7% al 2, 75% y se aplican sobre el excedente de un mínimo no imponible individual, que se duplica para los matrimonios.
Impuesto a la Renta de Industria y Comercio. (queda sin efecto en el 2008) El impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio (IRIC) es un impuesto anual que grava a la tasa del 30% las rentas de fuente uruguaya derivadas de actividades lucrativas realizadas por empresas.
Se entiende por fuente uruguaya las rentas provenientes de actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente en la República, con independencia de la nacionalidad, domicilio o residencia de quienes intervengan en las operaciones y del lugar de celebración de los negocios jurídicos.
Asimismo se entiende por empresa toda unidad productiva que combina capital y trabajo para producir un resultado económico, intermediando para ello en la circulación de bienes o en el trabajo ajeno.
Se aplican exoneraciones parciales a rentas que se destinen a inversiones declaradas de “actividad promovida” y enunciadas taxativamente por la normativa vigente.
Las rentas derivadas de actividades agropecuarias no están alcanzadas por el IRIC sino por el Impuesto a las Rentas Agropecuarias (IRA).
Impuesto Específico Interno
El Impuesto Específico Interno (IMESI) grava la primera enajenación, a cualquier título, de una gama variada de productos, como por ejemplo: bebidas alcohólicas, cosméticos, tabacos, combustibles.
Son contribuyentes del impuesto los fabricantes y los importadores de los bienes gravados. Las exportaciones no están gravadas.
Las tasas se aplicarán sobre los valores reales o sobre los valores fictos que fije el Poder Ejecutivo. Los bienes que están sujetos a tasas más elevadas son las bebidas alcohólicas, el tabaco, el combustible, lubricantes y otros productos derivados del petróleo.
(nuevo) Impuesto
A Las Rentas De Las Actividades Económicas (IRAE)
Sustituido por ley nº 18.083 de
27.12.006, art. 3º. Nuevo sistema tributario. Vigencia:
ejercicios iniciados desde 01.07.007 en adelante. Este impuesto es anual sobre las rentas de fuente uruguaya de actividades económicas de cualquier naturaleza. Las rentas se imputarán al año fiscal en que termine el ejercicio económico anual de la empresa siempre que se lleve contabilidad suficiente a juicio de la Dirección General Impositiva (DGI). En caso contrario el ejercicio económico anual coincidirá con el año civil; sin embargo, en atención a la naturaleza de la explotación u otras situaciones especiales, la citada Dirección queda facultada para fijar el ejercicio económico anual en fecha que no coincida con el año fiscal.
La tasa del impuesto será del 25% (veinticinco por ciento) sobre la renta neta fiscal. Ley 18.083 de 27 de diciembre de 2006, artículo 3º. (D.Of.: 18.01.007).
El impuesto a la renta de las personas físicas apunta a ir en línea con el sentido de equidad.
Más información en la Dirección General impositiva en que se encuentran todos los impuestos http://www.dgi.gub.uy/Detailed/4164.html
Código Internet
.uy
Fuente:
ProChile, FMI, CIA - The World Factbook, ICEX, WTO, Banco
Central de Uruguay